Ley 1 de 5 de enero de 1984.
“Por la cual se regula el Fideicomiso en Panamá y se adoptan otras
disposiciones”.
(G.O. 19,971 de 10 de enero de 1984) . 1) 2) 3) 4)
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACIÓN
DECRETA:
Artículo 1.
El fideicomiso es un acto jurídico en virtud del cual una persona llamada fideicomitente
transfiere bienes a una persona llamada fiduciario para que los administre o disponga
de ellos en favor de un fideicomisario o beneficiario, que puede ser el propio
fideicomitente.
Las entidades de Derecho Público podrán retener bienes propios en fideicomiso y
actuar como fiduciarios
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